Cuatro leyes de improviso

Crímenes sin castigo | 8 de diciembre de 2014

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@javiermayorca
De la noche a la mañana, el presidente Nicolás Maduro sacó de la chistera Habilitante cuatro normas relacionadas con temas de seguridad ciudadana. Desde luego, en medio del ahogo ocasionado por un tsunami de 45 leyes, es posible que los venezolanos no hayan digerido bien de qué trata cada una y cuáles son sus pretensiones.
Todos los textos fueron publicados en la Gaceta Oficialextraordinaria 6.156. Tiene fecha 19 de noviembre, pero sabemos que eso es un mero formalismo. Maduro no podía dar aprobación express en días posteriores a las leyes que tenía en agenda, pues ya habría vencido el plazo que le otorgó la Asamblea Nacionalpara que legislara por su propia cuenta.
Aquí nos referiremos a los decretos con rango, valor y fuerza de leyes sobre el Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Reestructuración del Sistema Policial y Organos de Seguridad Ciudadana, y del Cuerpo Nacional contra la Corrupción, así como las reformas a las leyes orgánicas sobre Seguridad de la Nación y sobre la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
La lectura a estos textos se hizo desde una perspectiva de periodismo independiente. De manera que algunos elementos podrán quedar en el tintero. Seguramente, un abogado o estudioso de temas legales pondría el acento en otros aspectos.
La primera en la lista es la ley sobre el Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Reestructuración del Sistema Policial y Organos de Seguridad Ciudadana. Fue hecha a la medida del comisionado para la transformación de los cuerpos policiales, Freddy Bernal. Pero luce como algo totalmente inútil.
Al ex alcalde de Libertador le asignaron la investidura mediante un decreto presidencial. Pero el tiempo que inicialmente le dieron para el cumplimiento de su tarea era perentorio. Si la idea entonces era prolongar sus funciones, como de hecho lo hicieron hasta el 31 de diciembre de 2015, bastaba con otro decreto. No era necesario usar la Habilitante para eso.
Bernal además no podrá pasar sobre lo dispuesto en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, ni sobre el Estatuto de la Función Policial.Allí por cierto le asignan al Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz la función de “órgano rector” en materia policial. En ningún lado de estas normas se habla de comisionados. Por lo tanto, el diputado queda como un simple asesor. Sus decisiones y recomendaciones deberán ser refrendadas por el titular del MRI. Si no cumple con este formalismo, todo lo que haga estará viciado de nulidad.
Otro decreto de la misma gaceta da pie para la creación del Cuerpo Nacional contra la Corrupción. Toda la norma está impregnada de la intención de hacer del sistema de justicia un apéndice del Ejecutivo, especialmente en una materia tan delicada como la lucha contra los ilícitos en la administración de los dineros públicos. Al finalizar su lectura queda la impresión de que fue diseñada precisamente para que la ciudadanía no sepa nada sobre el robo descarado al erario público, o que en todo caso se sepan solo aquellas cosas que se considere apropiadas desde el punto de vista del Gobierno.
El Cuerpo Nacional contra la Corrupción tiene atribuciones de órgano asesor. También es una “superpolicía”. Sus integrantes son seleccionados por el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria, pero en última instancia estarán allí con el aval presidencial.
El artículo 5 de la ley indica además que la “identificación y ubicación de sus miembros tendrá carácter confidencial”. Esto habla más de un cuerpo de inteligencia, no de una entidad destinada precisamente a lograr la transparencia de la administración pública. ¿Cómo se exigirá la rendición de cuentas a partir de un despacho que operará desde las sombras?
El cuerpo contará con una Superintendencia Nacional, una Intendencia Nacional y una Policía Nacional contra la Corrupción. Susintegrantes deberán estar articulados con todos los poderes públicos. Habrá que ver qué se entiende por articulación en el contexto de un despacho como este, investido de tantos poderes y con escasos o nulos contrapesos.
La publicidad de las investigaciones efectuadas por este cuerpo no será decidida por los juzgados ni por la Fiscalía. El artículo 20 de la ley atribuye esta función directamente al Jefe del Estado. Más adelante se ordena que el Ministerio Público designe fiscales especiales “a fin de garantizar el carácter reservado, indispensable en estos casos” (artículo 23).
Hay además atribuciones de este cuerpo que se solapan con las de la Contraloría Generalde la República, como por ejemplo la imposición de sanciones administrativas y la decisión de pasar los casos correspondientes al ámbito penal.
La Ley Orgánicade Seguridad de la Naciónfue reformada en un solo artículo (el 58) con la finalidad de continuar avanzando en la conformación del “estado comunal”, algo que por cierto no está en la Constitución.
En este caso se dispone la creación de un “sistema de protección para la paz”, entendida como la integración de todos los poderes públicos “con el pueblo organizado y las instancias de gobierno comunal”, con la finalidad de incrementar la participación en el diseño de las políticas criminales “y la consecución de los planes en materia de seguridad ciudadana contra amenazas externas e internas a la seguridad de la Nación”. Este planteamiento aún resulta un poco etéreo. La propia ley establece que deberá ser complementado por otras normas. Hasta el momento todo sugiere la apertura de espacios para que los consejos comunales, y a través de ellos los colectivos, participen en la formulación de planes de seguridad ciudadana y, lo que es más grave, en la identificación de lo que habrá de considerarse como “amenaza” para el régimen.
La nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana ameritaría una entrega completa en este mismo espacio. En un gobierno militarista como el que tenemos, la norma que rige a la institución castrense debería ser objeto de análisis especiales. Por lo tanto, estas líneas deben ser tomadas como un abrebocas.
Cabe destacar que las últimas dos reformas a la referida legislación (2011 y 2014) no han pasado por el Parlamento. En ambos casos fueron emitidas gracias a los poderes habilitantes. Con ello se omite el debate necesario sobre lo que es y lo que debe ser la Fuerza Armada.
Esta es la quinta modificación a la normativa castrense durante la era de Hugo Chávez-Nicolás Maduro.
Nueva Lofanb: el país-cuartel
Se mantiene el carácter presidencialista y autárquico de la institución militar, con una clara visión expansionista del mundo cuartelario sobre el ámbito civil. Si en 1983 las Fuerzas Armadas tenían seis funciones básicas, ahora tienen 22. Entre ellas la relativa al mantenimiento del “orden interno” y el ejercicio de funciones policiales, a contrapelo de lo establecido en la Constitución.
Se consolida además la incorporación de la Milicia Bolivarianacomo un componente más, el quinto, tampoco mencionado en la Carta Magna.
Se avanza también en el trazado de zonas estratégicas y zonas operativas de defensa integral, que implican un incremento en la burocracia castrense. Esto explicaría por qué durante el último proceso de ascensos fueron favorecidos 245 oficiales dentro del generalato, cuando hace apenas diez años el promedio anual de generales ascendidos estaba entre 55 y 60.
Otro de los aspectos llamativos tiene que ver con la criminalización de la divulgación de informaciones sobre temas militares. El asunto ahora será considerado un delito conocido por los tribunales castrenses. No se especifica si la norma será aplicable a los civiles que difundan tales datos o a los militares que los hayan suministrado.
Estamos, en fin de cuentas, ante un paquete de normas encaminado a la consolidación de un Estado autoritario y centralista, donde predominan los excesos del Poder en un ambiente de escasa transparencia. Esto quizá no le diga mucho al venezolano común, que ya normalizó la cesión de sus libertades fundamentales.
Breves
Allanamientos sin órdenes
*1386 aeronaves han sido inspeccionadas en el desarrollo de la operación Cielo Soberano, ejecutada por la Guardia Nacional, la Oficina NacionalAntidrogas (que es casi una dependencia del referido componente) y el Seniat. Los militares además han revisado 1280 hangares en nueve aeropuertos. El resultado ha sido la retención de 422 aparatos desde que comenzó esta extraña actividad, el 27 de noviembre. Según el vicepresidente Jorge Arreaza, Cielo Soberano forma parte de una estrategia para impedir el transporte de drogas por el espacio aéreo nacional. Es cierto que Venezuela se ha convertido en un portaviones de la cocaína fabricada en los países andinos. Los vuelos ilícitos o sospechosos ocurren una vez cada tres días, según los cálculos más conservadores. Pero expertos en aviación civil consultados sostienen que todos los días sale o entra de Venezuela una avioneta en forma ilegal, aprovechando los puntos ciegos de los radares de control, o la “ceguera voluntaria” de los militares encargados de impedir este ilícito. Pero estos delitos no pueden ser combatidos desde la ilegalidad. ¿Dónde están las órdenes de allanamiento que justifican la revisión al interior de las aeronaves y de los hangares, que son propiedades privadas? ¿Cuáles fueron las razones de hecho que suscitaron sospechas hacia los 1386 aparatos registrados? Bajo esta premisa, por ejemplo, los militares podrían allanar todas las viviendas de una urbanización donde se desarrolle una protesta antigubernamental. En otro contexto, cualquier juez con criterios de legalidad y debido proceso declararía nulas todas estas actuaciones. Hay otro detalle que llama a suspicacia. Si revisamos las siglas de las aeronaves detectadas este año en procedimientos de interdicción aérea nos daremos cuenta de que la gran mayoría no tiene siglas venezolanas (YV) sino de otros países como por ejemplo Estados Unidos (N) o México (XB). Este dato desde luego lo tiene el Ejecutivo. Se puede pensar entonces en la existencia de un propósito no declarado en esta famosa operación.
*Para continuar con el tema, ¿álguien recuerda el escándalo internacional suscitado a propósito del supuesto derribamiento de un jet Hawker matrícula mexicana XB-MGM, en noviembre de 2013? El caso fue referido en alocuciones públicas por el presidente Maduro como una demostración de la supuesta protección militar a los cielos venezolanos. El aparato había despegado de un aeropuerto mexicano rumbo a Bonaire, con cinco pasajeros más piloto y copiloto. En la isla caribeña el capitán Carlos Chávez Padilla dio un plan de vuelo a Honduras, pero en el trayecto se desvió hacia una pista clandestina en Apure, al norte del río Meta. Pues bien, en un libro del periodista mexicano J. Jesús Esquivel que salió al mercado en agosto, titulado La CIA, Camarena y Caro Quintero, se refiere la declaración de un informante de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) según la cual esa aeronave supuestamente trasladó hasta suelo apureño a uno de los narcos más buscados del mundo, líder del cartel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, quien supuestamente huyó de tierras aztecas junto a su familia. Todos ellos usando falsas documentaciones. Caro, como se recordará, había salido de prisión en agosto tras una controversial decisión tribunalicia que anuló la sentencia de 40 años de prisión por el secuestro y asesinato del agente antidrogas Enrique Kiki Camarena Salazar, en 1985. El jet usado para este viaje, en fin de cuentas, no fue derribado sino abandonado por sus ocupantes. Horas después, los militares lo quemaron. Con la llamas se perdió la evidencia que hubiese permitido la constatación del dato aportado por el informante.
*Un documento que circuló hace meses en la FANB confirma lo que ha sido un “secreto a gritos”: que el estado Apure se ha convertido en una retaguardia activa para el Bloque Oriental de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia. En esa región habría seis enclaves de la principal guerrilla suramericana. Tres en el municipio Rómulo Gallegos, uno en Achaguas y el resto en Pedro Camejo. El más importante serviría como albergue ocasional al actual comandante del bloque Jaime Alberto Parra, alias Mauricio Jaramillo o el Médico. Otros han cobijado a elementos del frente 10 de la organización. Las FARC reanudaron las conversaciones de paz en La Habana con el acompañamiento del gobierno venezolano. Estas negociaciones, como se recordará, fueron suspendidas por el secuestro del general Rubén Alzate y dos soldados en Arauca. Los efectivos de tropa revelaron tras su liberación que los irregulares intentaron ocultarlos en territorio venezolano, pero que no pudieron debido al cerco tendido por el Ejército colombiano.  
*Continúa la sangría de policías y militares en Distrito Capital y las principales ciudades del país. Al momento de escribir estas líneas iban 121 uniformados ultimados a tiros en la Gran Caracas. Otros 59 han fallecido en Carabobo y 38 en Aragua. 228 solo en tres regiones del país. Un informe de la Policíade Miranda indica que a partir de 2013 el mayor número de muertos en Caracas lo ha aportado la Policía Nacional (58 en total). Luego figuran la Guardia Nacional(30) y CICPC (26). El informe revela que el 80% de estas muertes ha ocurrido durante el tiempo libre de los funcionarios, y no en actos de servicio. El 5 de diciembre, una circular distribuida entre todos los jefes de delegaciones de la policía judicial, con la firma del director de la institución José Gregorio Sierralta, indicó a los funcionarios que las armas y distintivos de esa institución son “de uso exclusivo en los actos de servicio”. En consecuencia, se ordenó a los agentes abstenerse de acudir a centros o locales donde expendan bebidas alcohólicas, por considerar que eso daña la imagen de la institución y pone en peligro a los propios funcionarios; evitar estados de embriaguez y mantener un comportamiento acorde con la investidura de “garantes de la legalidad”. El texto enfatiza en la necesidad de que los jefes de delegaciones regionales den el ejemplo en esta materia.

*El alto mando de la Guardia Nacional ordenó la elaboración de informes que precisen los lugares y horarios donde se llevaron a cabo con mayor frecuencia los bloqueos de vías públicas conocidos como “guarimbas” a partir de febrero de este año. En Aragua, por ejemplo, fueron las avenidas Casanova Godoy, Constitución y Bolívar. En Carabobo las urbanizaciones Prebo, La Isabelica, Los Tulipanes, Guataparo y Jardines de Mañongo fueron escenario de la mayor conflictividad. En Caracas, otro documento indica que las protestas ocurrieron en Cafetal, Santa Fe, Cumbres de Curumo y Las Mercedes. Chacao no tuvo mención alguna. Fuentes castrenses indicaron que cada reporte fue ilustrado con numerosas fotos para explicar el desarrollo de las protestas en cada localidad. En el Gobierno aparentemente creen que resurgirán las protestas.

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